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Se habla de «Economía social» y, más recientemente, de «Economía sostenible», utilizando términos que, más allá del carácter genérico del adjetivo, revelan una voluntad de cambio. Tanto una como otra han ascendido en nuestro sistema de la pura reflexión teórica a la tipificación legislativa a través de sendos proyectos de ley que permiten dibujar, siquiera sea de modo aproximado, alguna diferencia esencial que las separa. La Economía social intenta comprender las actividades empresariales desarrolladas por aquellas entidades que persiguen bien el interés colectivo de sus integrantes, bien el interés general económico o social, o ambos. La Economía sostenible, en cambio, se configura como una manera singular de afrontar la actividad empresarial, tomando como objetivo la necesidad de alentar un crecimiento económico duradero y equilibrado, a través de un catálogo sumamente extenso de cambios institucionales y reformas legislativas. Así, mientras la Economía social sólo puede ser protagonizada por ciertos sujetos del mercado, distinguidos por una configuración jurídica singular, la Economía sostenible constituye una categoría abierta, accesible, por tanto, a todos los operadores económicos, sin mayores requisitos que la voluntad de asumir sus efectivas consecuencias. El presente libro intenta proporcionar al lector los elementos necesarios para la comprensión de los nuevos textos legales, facilitándole los perfiles básicos de cada institución afectada por las reformas (siempre bajo reserva de la incesante actuación del legislador) y la comprensión de las no fáciles vertientes en las que se descompone el tratamiento normativo de la Economía social y de la Economía sostenible.