En los momentos actuales el gasto público centra el interés del sector público local. Si el Preámbulo de la LRBRL resumía el propósito de la misma cuando señaló: «decir Régimen Local es decir autonomía», años más tarde en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local se afirma: «La reforma del artículo 135 de la Constitución española,?, consagra la estabilidad presupuestaria como principio rector que debe presidir las actuaciones de todas las Administraciones Públicas.» Por tanto, la evolución de la Hacienda municipal es y será consecuencia de este giro hacia el gasto público, sin olvidar que la suficiencia financiera de los Municipios a día de hoy no está resuelta. En este contexto de cambios se afronta el análisis de la financiación local a través de su normativa reguladora que pretende conocer el grado de realización efectiva de los principios de autonomía y suficiencia financiera, principios rectores de la Hacienda local. Dos son las principales conclusiones obtenidas: la primera, referida al principio de autonomía, que la autonomía financiera ha sufrido en sus dos vertientes, ingreso y gasto, un duro recorte debido a la incidencia de la normativa estatal que deriva de la reforma del artículo 135 de la Constitución que consagra el principio de estabilidad presupuestaria como principio constitucional; y la segunda, relacionada con el principio de suficiencia, que su régimen jurídico regulador no ha solventado la dificultad ya tradicional de la Hacienda local, y consecuentemente municipal, de la falta de recursos. Por ello es fundamental la efectiva realización de ambos principios, pues garantizan la solvencia financiera de la Administración más próxima a los ciudadanos y por ende, la prestación de unos servicios de calidad a los mismos.